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	<title>PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA | Consultorio Jurídico Abogaleón - Blog leonoticias.com</title>
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	<description>Asesoría Jurídica Abogalón</description>
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		<title>PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA | Consultorio Jurídico Abogaleón - Blog leonoticias.com</title>
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		<pubDate>Wed, 26 Apr 2017 15:59:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>beatrizabogaleon</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Buenas leonoticier@s! Una de las cuestiones que más interés suscita en las consultas jurídicas relacionas con crisis matrimoniales en las que hay hijos menores es: ¿qué es la custodia?, ¿qué tipos de custodia hay?, ¿en qué se diferencia de la patria potestad? y por último ¿quién dice cómo debe gestionarse en la práctica la custodia [&#8230;]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<!DOCTYPE html PUBLIC "-//W3C//DTD HTML 4.0 Transitional//EN" "http://www.w3.org/TR/REC-html40/loose.dtd">
<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><p>Buenas <em>leonoticier@s</em>!</p>
<p>Una de las cuestiones que más interés suscita en las consultas jurídicas relacionas con crisis matrimoniales en las que hay hijos menores es: ¿<em>qué es la custodia</em>?, ¿<em>qué tipos de custodia hay</em>?, ¿<em>en qué se diferencia de la patria potestad</em>? y por último ¿<em>quién dice cómo debe gestionarse en la práctica la custodia compartida</em>? Pues bien, sobre eso tratarán mis líneas de esta semana, así que.. vamos allá.</p>
<p>Partiremos de una definición corta, personal y visual que nos ayude a diferenciar patria potestad de custodia. Imaginemos un circulo grande en el que hay dentro uno más pequeño. Pues bien, el círculo grande es la <em><strong>patria potestad</strong></em> entendida como <em>todos los derechos y deberes que los padres tenemos en relación con nuestros hijos menores (no emancipados)</em>. Dentro de nuestro circulo grande, está este otro más pequeño, <strong><em>la guarda y custodia</em></strong>, entendida como el cuidado cotidiano de los mismos. (artículos 154 y siguientes del Código Civil).</p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><p>La <em>patria potestad</em> <span style="text-decoration: underline;">casi siempre</span> es <em>compartida </em> y es <em>indisponible </em>(y digo que casi siempre, porque hay situaciones graves que pueden llevar al Juez a acordar que se atribuya en exclusiva a uno de los progenitores, pero en estas no entraremos hoy). Por lo tanto ambos padres tiene el <strong><em>derecho y el deber</em></strong> de ponerse de acuerdo para decidir sobre las cuestiones importantes en la vida de sus hijos: <em>sobre si hacen la comunión, va a un cole o a otro, cambian de ciudad, o sobre si les operan o no. </em>En caso de desacuerdo, decidirá el Juez por ellos.</p>
<p>En relación con la quién y cómo se desarrollará esta <strong><em>guarda y custodia,</em></strong> pues, nuevamente, acudimos al auxilio del los Jueces si los padres no se ponen de acuerdo. Ellos decidirán si de la misma se atribuye a uno solo <strong><em>(monoparental)</em></strong>, o si la van a ejercer de forma conjunta <strong><em>(custodia compartida).</em></strong></p>
<p>La forma en la que se desarrolla la <span style="text-decoration: underline;">custodia monoparental</span> va asociada a un <em>régimen de visitas</em> a favor del progenitor no custodio. Este régimen se fija en función de las necesidades de los niños, la disponibilidad de quien visita, y sobre todo, <em>de lo que quiera y pida el que lo solicita.</em></p>
<div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p><em></em> Para la<span style="text-decoration: underline;"> custodia compartida</span> tenemos la posibilidad de imaginar más, existen custodias compartidas por semanas, por quincenas, por meses, con pernocta, sin ella….en fin, un ejercicio de adaptación de las necesidades de los niños a las posibilidades de los padres. Sobre todo, lo que prima es intentar continuar con las rutinas familiares, darle peso a la forma en la que ya se venía relacionando la familia para que cambien las menores cosas posibles y los peques se adapten lo mejor posible a esta nueva forma de relaciones familiares. En la forma en la que va desarrollarse la custodia compartida mandáis vosotros si ambos estáis de acuerdo, o decidirá un juez si no lo estáis.</p>
<p>A veces la linea es tan fina que hay custodias compartidas que se parecen a regímenes de visitas, pero también hay regímenes de visitas que se parecen a custodias compartidas, la diferencia solo es el nombre y la implicación.</p>
<p>En próximas semanas entraremos en los criterios que nuestros Jueces y Tribunales utilizan para determinar que tipo de custodia es la más apropiada, y os comentaré las principales diferencias prácticas de ambos tipos de custodia.</p>
<p>Estas y otras cosas en <a href="http://www.abogaleon.es" rel="external nofollow">www.abogaleon.es</a></p>
<p>Gracias por leerme, si quieres que trate algún tema, no lo dudes: <span style="text-decoration: underline;"><em>déjame un comentario!!</em></span></p>
<p>Beatriz Ruiz</p>
<p>Tlf 637737772</p>
<p><a href="/consultorio-juridico/wp-content/uploads/sites/12/2017/02/foto-perfil.jpg"><img loading="lazy" class="aligncenter size-medium wp-image-53" title="BEATRIZ RUIZ " src="/consultorio-juridico/wp-content/uploads/sites/12/2017/02/foto-perfil.jpg" alt="Abogado" width="225" height="300" srcset="https://static-blogs.leonoticias.com/wp-content/uploads/sites/12/2017/02/foto-perfil.jpg 960w, https://static-blogs.leonoticias.com/wp-content/uploads/sites/12/2017/02/foto-perfil-225x300.jpg 225w, https://static-blogs.leonoticias.com/wp-content/uploads/sites/12/2017/02/foto-perfil-768x1024.jpg 768w" sizes="(max-width: 225px) 100vw, 225px"></a></p>
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