Buenas Leonoticier@s!
Desde que en ABOGALEON ofrecemos asesoramiento en materia de DERECHO DE EXTRANJERIA, muchas han sido las consultas sobre esta materia que nos han llegado al despacho. Esta semana aclaramos dudas sobre la tarjeta de residencia familiar de ciudadano de la Unión:
¿Quién puede solicitar esta tarjeta?
La persona familiar de un ciudadano Español, de un ciudadano de algún país miembro de la Unión Europea o de un ciudadanos de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con el familiar nacional comunitario o le acompañen y vayan a residir en España por un período superior a tres meses.
¿Qué permite esta tarjeta?
La tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión, habilita al interesado a residir y trabajar en España por el periodo inicial de cinco años.
¿Qué requisitos nos exigen?
En ambos casos, disponer para sí y para los miembros de su familia de recursos económicos suficientes y tener un seguro privado o público de salud contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
Recuerda que en ABOGALEON contamos con la experiencia y conocimientos de Iris G. Calderón, Abogado especialista en Derecho de Extranjería, que resolverá todas aquellas cuestiones de interés sobre este y otros extremos relacionados con esta materia.
Si necesitas más información puedes consultarnos a través del 637737772, a través del mail beatrizruiz@abogaleon.es o en www.abogaleon.es
Os esperamos.