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TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN

Buenas Leonoticier@s!

Desde que en ABOGALEON ofrecemos asesoramiento en materia de DERECHO DE EXTRANJERIA, muchas han sido las consultas sobre esta materia que nos han llegado al despacho. Esta semana aclaramos dudas sobre la tarjeta de residencia familiar de ciudadano de la Unión:

¿Quién puede solicitar esta tarjeta?

La persona familiar de un ciudadano Español, de un ciudadano de algún país miembro de la Unión Europea  o de un ciudadanos de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con el familiar nacional comunitario o le acompañen y vayan a residir en España por un período superior a tres meses.

¿Qué permite esta tarjeta?

La tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión, habilita al interesado a residir y trabajar en España por el periodo inicial de cinco años.

¿Qué requisitos nos exigen?

  1. Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, o bien, ser estudiante,
  2. El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:
  • Ser trabajador por cuenta propia o ajena en España.
  • Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido.

En ambos casos, disponer para sí y para los miembros de su familia de recursos económicos suficientes y tener un seguro privado o público de salud contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.

  1. Además, debe tener el siguiente parentesco con el ciudadano de la Unión:
  • Cónyuge, pareja con la que mantenga un unión similar a la conyugal e inscrita en el Registro público, pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable y probada.
  • Hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada
  • Miembros de la familia que en el país de procedencia estén a cargo o vivan con el ciudadano de la Unión
  • Miembro de la familia con necesidades especiales, que requieran de cuidados.
  • Si el ciudadano de la Unión o Espacio económico, es trabajador por cuenta propia o ajena, también podrá pedir la tarjeta, los ascendientes directo del ciudadano o de su cónyuge o pareja registrada.

Recuerda que en ABOGALEON contamos con la experiencia y conocimientos de Iris G. Calderón,  Abogado especialista en Derecho de Extranjería, que resolverá todas aquellas cuestiones de interés sobre este y otros extremos relacionados con esta materia.

Si necesitas más información puedes consultarnos a través del 637737772, a través del mail beatrizruiz@abogaleon.es o en www.abogaleon.es

Os esperamos.

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Sobre el autor

Mi nombre es Beatriz Ruiz, Abogado y Mediador en conflictos familiares en León (abogaleon.es). En ABOGALEON podré asesorarte sobre Derecho de Familia (único despacho leonés que ofrece asesoramiento especifico y especializado para los HOMBRES), Derecho Civil general, Derecho Bancario (CLAUSULAS SUELO Y RECLAMACIÓN DE GASTOS), arrendamientos, reclamaciones de dudas..etc. Infórmate sobre las áreas de especialización de ABOGALEON en www.abogaleon.es, a través del teléfono en el 637737772 o enviando un mail a beatrizruiz@abogaleon.es. ABOGALEON "divorcios hechos para hombres"